Certificación de Últimas Voluntades: Qué Es y Cuándo la Necesitas

La certificación de últimas voluntades es un documento imprescindible cuando alguien fallece y hay que tramitar su herencia. Aunque no es del Registro de la Propiedad sino del Registro General de Actos de Última Voluntad, es fundamental conocerla porque se relaciona directamente con la transmisión de inmuebles.

Qué es el Registro de Últimas Voluntades

El Registro General de Actos de Última Voluntad es un registro dependiente del Ministerio de Justicia donde se inscriben todos los testamentos otorgados en España. No guarda el contenido del testamento, sino solo el hecho de que existe y ante qué notario se otorgó.

Qué es la certificación de últimas voluntades

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Es un documento del Registro que informa de si una persona fallecida otorgó testamento y, en caso afirmativo, cuál es el último válido. Sin este certificado, no se puede tramitar una herencia.

Por qué es imprescindible

El error más común que veo es gente que intenta tramitar herencias sin este certificado. No funciona así. La certificación de últimas voluntades es necesaria porque:

  • Acredita si hay testamento o no
  • Indica cuál es el testamento válido (el último)
  • Permite solicitar copia del testamento al notario correspondiente
  • Es requisito obligatorio para aceptar herencias

Sin este documento, ningún notario te hará escritura de herencia.

Qué información contiene

La certificación indica:

  • Nombre del causante (fallecido)
  • Si otorgó o no testamento
  • Si otorgó varios, cuál es el último
  • Notaría donde se otorgó
  • Fecha del testamento
  • Tipo de testamento (abierto, cerrado, ológrafo)

Cuándo puedes solicitarla

Importante: no se puede pedir inmediatamente tras el fallecimiento. Hay que esperar 15 días hábiles desde la muerte para que se actualice el Registro con posibles testamentos de última hora.

Transcurrido ese plazo, cualquier interesado puede solicitarla.

Cómo solicitar la certificación

Hay varias vías:

Presencialmente

En las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia.

Por correo

Enviando el formulario cumplimentado con la documentación necesaria.

Telemáticamente

A través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia. Requiere certificado digital.

A través de notaría

El notario que vaya a tramitar la herencia puede solicitarla directamente.

Documentación necesaria

  • Modelo oficial 790 cumplimentado
  • Certificado de defunción del causante
  • Justificante de pago de la tasa (aproximadamente 4€)

Si solicitas telemáticamente, subes los documentos escaneados y pagas online.

Plazo de emisión

  • Presencial: Inmediato o en el día
  • Por correo: 1-2 semanas
  • Telemático: 24-72 horas

Relación con el Registro de la Propiedad

Aquí es donde conecta con las notas simples. Para inscribir una herencia en el Registro de la Propiedad necesitas:

  1. Certificado de defunción
  2. Certificación de últimas voluntades
  3. Copia autorizada del testamento (o declaración de herederos si no hay)
  4. Escritura de aceptación y adjudicación de herencia
  5. Liquidación de impuestos

Sin la certificación de últimas voluntades, el proceso se bloquea en el paso 2.

Qué pasa si no hay testamento

Si el certificado dice que no consta testamento, hay que tramitar declaración de herederos abintestato:

  • Ante notario si los herederos son ascendientes, descendientes o cónyuge
  • Ante el juez en otros casos (hermanos, sobrinos, etc.)

Este trámite adicional alarga y encarece el proceso de herencia.

Errores comunes

Pedirla antes de los 15 días

Si la pides antes, puede que no refleje el último testamento y tengas que repetir.

Confundirla con el testamento

La certificación no es el testamento; solo dice si existe y dónde está. Luego tienes que pedir copia del testamento al notario indicado.

No actualizar si han pasado años

Si el fallecimiento fue hace años y entonces no se hizo nada, pide certificación actualizada. Puede haber novedades.

Testamentos especiales

La certificación también informa de:

  • Testamento ológrafo: Escrito de puño y letra del testador. Requiere protocolización notarial.
  • Testamento cerrado: Entregado al notario en sobre cerrado.
  • Testamento militar, marítimo: Casos excepcionales con procedimientos especiales.

Validez territorial

El Registro de Últimas Voluntades español solo registra testamentos otorgados en España o ante cónsul español en el extranjero. Si el causante pudo otorgar testamento en otro país, hay que investigar también allí.

Coste total aproximado

  • Tasa de certificación: ~4€
  • Copia del testamento: 15-50€ según extensión
  • Escritura de herencia: Según el valor de los bienes

Mi consejo

No dejes la herencia sin tramitar pensando que la certificación de últimas voluntades caduca o que ya tendrás tiempo. Cuanto antes inicies el proceso, mejor. Y siempre empieza por este certificado: sin él, no puedes avanzar.

Si vas a heredar un inmueble y quieres verificar su situación registral antes de aceptar, pide también una nota simple de la finca. Así sabrás si heredas cargas o problemas.

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