Depósito de Cuentas Anuales en Bizkaia

Información sobre el depósito de cuentas anuales en el Registro Mercantil de Bizkaia. Plazos, documentos necesarios y consecuencias del incumplimiento.

¿Qué empresas deben depositar cuentas?

Están obligadas a depositar sus cuentas anuales en el Registro Mercantil de Bizkaia:

  • Sociedades Anónimas (SA)
  • Sociedades de Responsabilidad Limitada (SL)
  • Sociedades Comanditarias por acciones
  • Sociedades de Garantía Recíproca
  • Fondos de pensiones

Plazos para el depósito

  • Formulación: Dentro de los 3 meses siguientes al cierre del ejercicio
  • Aprobación: Dentro de los 6 meses siguientes al cierre
  • Depósito: Dentro del mes siguiente a la aprobación

Para ejercicios que cierran el 31 de diciembre, el plazo límite de depósito suele ser el 30 de julio del año siguiente.

Documentos a depositar

  • Balance de situación
  • Cuenta de pérdidas y ganancias
  • Memoria
  • Informe de gestión (si procede)
  • Informe de auditoría (si procede)
  • Certificación del acuerdo de aprobación

Consecuencias del no depósito

  • Cierre registral: No se inscribirán documentos de la sociedad
  • Sanciones: Multas de 1.200€ a 60.000€
  • Para sociedades con facturación superior a 6M€: Multas hasta 300.000€

Consulta las cuentas de cualquier empresa

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