Información sobre el depósito de cuentas anuales en el Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife. Plazos, documentos necesarios y consecuencias del incumplimiento.
¿Qué empresas deben depositar cuentas?
Están obligadas a depositar sus cuentas anuales en el Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife:
- Sociedades Anónimas (SA)
- Sociedades de Responsabilidad Limitada (SL)
- Sociedades Comanditarias por acciones
- Sociedades de Garantía Recíproca
- Fondos de pensiones
Plazos para el depósito
- Formulación: Dentro de los 3 meses siguientes al cierre del ejercicio
- Aprobación: Dentro de los 6 meses siguientes al cierre
- Depósito: Dentro del mes siguiente a la aprobación
Para ejercicios que cierran el 31 de diciembre, el plazo límite de depósito suele ser el 30 de julio del año siguiente.
Documentos a depositar
- Balance de situación
- Cuenta de pérdidas y ganancias
- Memoria
- Informe de gestión (si procede)
- Informe de auditoría (si procede)
- Certificación del acuerdo de aprobación
Consecuencias del no depósito
- Cierre registral: No se inscribirán documentos de la sociedad
- Sanciones: Multas de 1.200€ a 60.000€
- Para sociedades con facturación superior a 6M€: Multas hasta 300.000€
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