Gran tenedor en Motril: umbrales, obligaciones y certificado (2026)

Lo esencial sobre el gran tenedor en Motril en 30 segundos

  • Régimen estatal: Ley 12/2023 (Ley por el Derecho a la Vivienda).
  • Umbral: más de 10 viviendas residenciales o más de 1.500 m² construidos en toda España.
  • Zonas tensionadas en Motril: no declaradas a fecha de abril de 2026.
  • Registros de la Propiedad en Motril: 2.
  • Certificado oficial: 35 € + IVA, entrega en 2-3 días hábiles, firma electrónica del Registrador con CSV verificable. Solicítalo aquí.

Por qué importa ser gran tenedor en Motril

Motril concentra una de las mayores tasas de propiedad de no residentes de Granada,
con un mercado fuertemente estacional donde la velocidad de cierre operativo y la trazabilidad
documental son determinantes para inversores institucionales y particulares extranjeros.

Motril cuenta con un parque residencial estimado en torno a 33.153 inmuebles, una población empadronada de 60.279 habitantes y un precio medio de alquiler de 12,2 €/m² al mes. Este volumen genera operaciones inmobiliarias frecuentes en las que la condición de gran tenedor de vivienda activa obligaciones específicas conforme a la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el Derecho a la Vivienda.

Para personas físicas con cartera inmobiliaria relevante, sociedades patrimoniales, socimis, fondos de inversión y herederos con patrimonio en Motril, conocer si se supera el umbral legal y disponer del certificado oficial del Registro de la Propiedad es necesario para presentar una demanda de desahucio, precario u ocupación, o una ejecución hipotecaria, declarando no ser gran tenedor: en ese caso la ley exige adjuntar la certificación registral (arts. 439.6.b y 685.2 LEC).


Umbral aplicable en Motril

Umbral estatal

En Motril aplica el umbral establecido por la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el Derecho a la Vivienda:

  • Más de diez inmuebles de uso residencial en todo el territorio nacional, o
  • Más de 1.500 m² construidos de uso residencial, excluyendo garajes y trasteros.

Qué inmuebles computan

El cómputo se realiza sobre inmuebles residenciales:

  • Sí computan: viviendas (pisos, casas, áticos, dúplex, lofts) de las que se es titular. La Ley 12/2023 habla de ser «titular» y no precisa cómo se computan la nuda propiedad, el usufructo o las cuotas en pro indiviso; la certificación registral recoge el pleno dominio y el usufructo sobre viviendas. En Cataluña, la Ley 18/2007 cuenta también el derecho de uso o disfrute y suma las participaciones en comunidad hasta equivaler a inmuebles completos.
  • No computan: garajes, trasteros, locales comerciales, oficinas, naves industriales ni explotaciones agrícolas.

Zonas tensionadas en Motril: situación actual

Motril no ha sido declarada zona de mercado residencial tensionado a fecha de abril de 2026. Sus indicadores de mercado se mantienen fuera de los criterios objetivos del artículo 18 de la Ley 12/2023, o la administración autonómica competente no ha activado la declaración.

Esto significa que en Motril no aplican las obligaciones autonómicas vinculadas a tensionamiento:

  • Sin limitación de renta de alquiler para grandes tenedores.
  • Sin prórroga extraordinaria obligatoria por zona tensionada.
  • Sin derecho de tanteo y retracto autonómico vinculado a tensionamiento.

Sin embargo, las obligaciones derivadas de la Ley estatal 12/2023 sí aplican íntegramente.


Obligaciones del gran tenedor que aplican en Motril

Antes de demandar: qué se exige hoy

La exigencia de acreditar un intento previo de conciliación o intermediación cuando el ocupante es vulnerable (artículo 439.7 de la Ley de Enjuiciamiento Civil) fue anulada por la sentencia del Tribunal Constitucional 26/2025. Hoy la ley exige indicar en la demanda si el demandante es gran tenedor y, si declara no serlo, aportar la certificación registral, también en los Juzgados de Motril.

Cuándo lo exige la Ley de Enjuiciamiento Civil

El artículo 439.6.b de la Ley de Enjuiciamiento Civil exige adjuntar una certificación del Registro de la Propiedad con la relación de propiedades a quien presenta una demanda de desahucio declarando no ser gran tenedor; quien sí lo es debe indicarlo en la demanda. El artículo 685.2 LEC exige la misma certificación al ejecutante que, en una ejecución hipotecaria, declara no ser gran tenedor.

Acreditación notarial

Fuera de Cataluña ninguna norma exige el certificado en una compraventa, pero los notarios pueden solicitarlo en Motril como medida de diligencia debida en operaciones de personas jurídicas, transmisiones múltiples y compradores institucionales.


Registros de la Propiedad de Motril

Motril cuenta con 2 Registros de la Propiedad oficiales. Cualquiera de ellos puede emitir el certificado de gran tenedor mediante consulta al Índice Único Informatizado del Colegio de Registradores, con independencia del Registro donde estén inscritas las fincas:

  • Registro de la Propiedad de Motril nº 1
  • Registro de la Propiedad de Motril nº 2

A través de NotaSimpleFacil no necesitas conocer en qué Registro está cada finca: el certificado se emite consultando todos los Registros de España de forma centralizada a través del Índice Único.


Motril frente a Cataluña: diferencias clave

Aspecto Motril Cataluña
Umbral autonómico gran tenedor No aplica umbral autonómico (régimen estatal puro) 5 o más viviendas en zona tensionada
Zonas tensionadas No declaradas en Motril 271 municipios declarados
Registro autonómico No existe registro autonómico equivalente Registro de Grandes Tenedores
Limitación de renta de alquiler No aplica Índice estatal de referencia (art. 17.7 LAU)
Multas máximas autonómicas No aplica régimen sancionador autonómico específico 900.000€
Oferta de alquiler social antes de demandar No (la conciliación previa del art. 439.7 LEC fue anulada) Sí, si es gran tenedor (art. 5.2 Ley 24/2015)
Certificación registral en el juzgado Si se declara no ser gran tenedor (arts. 439.6.b y 685.2 LEC) Si se declara no ser gran tenedor (arts. 439.6.b y 685.2 LEC)

Para una comparativa exhaustiva del régimen catalán, consulta nuestra guía Gran tenedor España vs Cataluña: diferencias clave.


Casos típicos en Motril

Caso 1

Adquisiciones por inversores no residentes en zonas turísticas de Motril y municipios costeros de Granada,
donde la verificación registral previa es exigida por la normativa de prevención de blanqueo (Ley 10/2010)
y por las entidades financieras españolas que conceden hipotecas a no residentes. La certificación
de dominio y cargas se solicita además para acreditar titularidad real ante la Agencia Tributaria
en operaciones sujetas a Modelo 720 o liquidación del impuesto de no residentes (IRNR).

Caso 2

Reclamaciones por consumo turístico (cláusulas abusivas en multipropiedad, programas de
aprovechamiento por turnos, contratos de cesión de uso vacacional) en Motril cuya viabilidad
procesal depende de la situación registral del inmueble afectado. El Juzgados de Primera Instancia de Motril exige
certificación oficial del Registro para acreditar las inscripciones y limitaciones que pesan sobre
las fincas afectadas y dar traslado a los demandados con fe pública.


Personas jurídicas con vivienda en Motril

Para socimis, fondos, sociedades patrimoniales y family offices con cartera inmobiliaria en Motril, la condición de gran tenedor es prácticamente automática. Puntos clave:

  • Los inmuebles de todas las sociedades del mismo grupo empresarial se computan conjuntamente.
  • El cómputo es nacional: se suman todas las viviendas en España, no solo las de Motril.
  • Puede aportarse como medio de prueba de la condición de gran tenedor.

Cómo obtener el certificado de gran tenedor en Motril

El certificado es el mismo documento en toda España y lo expide cualquier Registro de la Propiedad mediante consulta al Índice Único Informatizado del Colegio de Registradores. A través de NotaSimpleFacil lo gestionas íntegramente online:

  1. Solicitud: rellenas el formulario con NIF/CIF y datos de contacto.
  2. Pago: 35 € + IVA (42,35 € IVA incluido) por el servicio completo.
  3. Tramitación registral: nuestro equipo presenta la consulta al Registro.
  4. Entrega: recibes el certificado firmado electrónicamente con CSV verificable, en 2-3 días hábiles.

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Por qué solicitar el certificado con NotaSimpleFacil

  • 2-3 días hábiles de entrega, frente al trámite presencial tradicional en Registro.
  • 35 € + IVA (42,35 € IVA incluido) con factura y firma electrónica oficial.
  • Sin certificado digital ni desplazamientos: solicitud 100% online.
  • Validez plena en juzgados, notarías y administraciones públicas en toda España.
  • Atención profesional especializada en régimen de gran tenedor estatal y autonómico.
  • Más de 6.000 clientes han confiado en NotaSimpleFacil para obtener su certificado registral.

Preguntas frecuentes sobre gran tenedor en Motril

¿Cuántas viviendas necesito tener para ser gran tenedor en Motril?

Más de diez viviendas residenciales o más de 1.500 m² construidos en toda España, conforme a la Ley 12/2023.

¿Hay zonas tensionadas en Motril?

No. Motril no figura entre los municipios declarados zona tensionada a fecha de abril de 2026.

¿Es obligatorio el certificado de gran tenedor para un desahucio en Motril?

Solo si declaras no ser gran tenedor: en ese caso, el artículo 439.6.b de la Ley de Enjuiciamiento Civil exige adjuntar la certificación del Registro de la Propiedad a la demanda de desahucio, también en los Juzgados de Primera Instancia de Motril. Si el demandante es gran tenedor, debe indicarlo en la demanda. Más información: el certificado en los desahucios (art. 439.6 LEC) y en la ejecución hipotecaria (art. 685.2 LEC).

¿Cuánto cuesta el certificado en Motril?

35 € + IVA (42,35 € IVA incluido) a través de NotaSimpleFacil, con entrega en 2-3 días hábiles, firma electrónica del Registrador y CSV verificable. El precio es uniforme en toda España.

¿Cuántos Registros de la Propiedad hay en Motril?

2 Registros oficiales. Cualquiera puede emitir el certificado mediante consulta al Índice Único, sin que importe el Registro donde estén inscritas las fincas.

¿Qué pasa si tengo viviendas en Motril y en otras comunidades autónomas?

Se computan conjuntamente para el régimen estatal (todas las viviendas en España). Un certificado del Registro recoge ambos cómputos a través del Índice Único.

¿Necesito certificado digital para solicitarlo?

No. Se solicita con un formulario online en notasimplefacil.es proporcionando NIF/CIF, datos de contacto y método de pago. Sin certificado digital ni Cl@ve PIN.

¿Dónde tiene validez el certificado obtenido en Motril?

En toda España: en juzgados, notarías y administraciones públicas. El documento es electrónico con firma del Registrador y CSV verificable en la sede electrónica del Colegio de Registradores.


Guías relacionadas


Este contenido tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Para cuestiones de aplicación a su situación concreta, consulte con un profesional jurídico habilitado.

Si eres gran tenedor, esto también te afecta

Motril no está declarada zona de mercado residencial tensionado

No figura en la relación de zonas tensionadas que publica el Ministerio de Vivienda, de modo que aquí no se aplica el límite de renta del índice de precios de referencia, seas o no gran tenedor. El resto de obligaciones de la Ley 12/2023 sí te afectan si superas el umbral.

Consulta el listado completo de municipios declarados

¿Necesitas el certificado de gran tenedor?

Certificación del Registro de la Propiedad con la relación de tus inmuebles. La exige la Ley de Enjuiciamiento Civil si demandas un desahucio o una ejecución hipotecaria declarando no ser gran tenedor.

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